El derecho a trabajar: una demanda emergente de las y los niños-Liebel, Manfred

In: dfensor – Revista de Derechos Humanos. Órgano oficial de difusión de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal, México. no. 11, Nov. 2012

La Convención sobre los Derechos del Niño (cdn) estipula que todas y todos los niños tienen  el derecho de ser protegidos contra la explotación económica. Muchas veces esta garantía es interpretada en el sentido de que hay que proteger a los niños de tener que trabajar. De hecho, tal como lo estipulan los convenios de la Organización Internacional del Trabajo(oit) y muchas leyes nacionales, se entienden las prohibiciones del trabajo de niños como manifestación de un derecho humano específico de niños, sin cuyo cumplimiento no es posible la puesta en práctica de otros derechos de este sector como, por ejemplo, el derecho a la educación. Así, en un pronunciamiento de la campaña Stop Child Labour-School is the best place to work se dice: “Los derechos del niño son derechos humanos. Los niños tienen el derecho de estar libres de trabajo infantil y tienen el derecho a la educación”.Este tipo de interpretaciones no sólo sugieren que de manera general todo trabajo de niñas y niños equivale a explotación, sino que además insinúa que la prohibición del trabajo infantil y las medidas correspondientes sin más ni más irían en beneficio directo de los intereses de las y los niños trabajadores, y que servirían para erradicar la explotación de la niñez trabajadora. De esta manera, en una especie de cortocircuito lógico, el derecho de ser protegido contra la explotación laboral es transformado en el (presunto) derecho de “estar libre de trabajo infantil”.

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